Ley del Contador
La profesión del Contador Público Auto rizado en Panamá está regulada mediante la Ley 57 del 1 de septiembre de 1978. En la misma se indica que son actos de la profesión todos los servicios en que el Contador Público Autorizado de fe pública sobre la información financiera producida y presentada por una persona o entidad como producto de sus transacciones o hechos económicos desarrollados tanto en el sector público como privado. Actos de la Profesión Son actos públicos del ejercicio de la profesión de Contador Público Autorizado todos aquellos servicios que den fe pública sobre la veracidad de la información relacionada. También constituyen actos propios de la profesión de Contador Público Autorizado los siguientes aspectos: Idoneidad del Contador Para acreditar la idoneidad del Contador Público Autorizado se requiere una licencia expedida por la Junta Técnica de Contabilidad con sujeción a las disposiciones de la presente Le...



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